FUTBOL LOCAL: No habrá quita de puntos para el CAJU y se completará el partido ante Las Toninas, sin público

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Así lo informó la Liga de La Costa, a través de su Boletín Oficial Nº 12, en dónde explica que tras la recolección de datos y pruebas en relación al partido suspendido el pasado 20 de mayo entre Las Toninas y CAJU (ganaba la visita por 3-0), el Tribunal de Disciplina determinó que el equipo de San Bernardo reciba una multa del valor de 200 entradas, y que se complete encuentro sin público (con dos tiempos de 15 minutos), con fecha a reprogramar.A continuación se detalla el dictamen oficial del Tribunal de Disciplina de la Liga de Fútbol de La Costa: VISTO: El informe arbitral presentado en fecha 21/05/2012 y ampliación de fecha 04/06 del Sr. Arbitro y Asistente   respectivamente, respecto del encuentro disputado entre el Club Social y Cultural Las Toninas y el Club Atlético Juventud Unida en 1ª división en fecha: 20/05/2012CONSIDERANDO: Que de las pruebas colectadas y de las constancias del expediente: procedimiento policial de fecha 23 de mayo; certificado médico del jugador del Club local  Manzanares Lucas; Descargo del CAJU. Este Tribunal se encuentra en condiciones de: ?        Sancionar al Club  CAJU, con multa de V.E 200 (art. 88 bis inc b)?        Sin perjuicio de los informes médicos que obran en el expte. El jugador Manzanares Lucas, tal como surge, de la planilla de juego de fecha 27 de mayo (siete días después) resulta ser arquero titular de su equipo.?   Según se desprende del Acta de Procedimiento Policial, los infractores a la Ley de Deporte son identificados por simpatizantes del Club visitante y aprendidos por la policía.?       Los infractores resultan ser: Diego Ricardo Arce Romero, a quien se lo inhabilita para participar en la Liga de Fútbol bajo cualquier circunstancia. Y al Sr. Adrián Víctor Mendoza Villalba, DNI Nº 39,117,956 jugador de 4ª Div. Del CAJU, (tal como surge de la lista de Buena Fé) a quien se lo suspende con 6 partidos y se lo  inhabilita a participar por el tiempo que dure la condena, en cualquier evento deportivo de carácter oficial o amistoso que organice la Liga de Fútbol de La Costa.?        Respecto del pedido de puntos solicitado por el Club Social y Cultural Las Toninas. Este Tribunal se ha expedido  con anterioridad, en fecha 27/06/2011,  partido disputado en aquella oportunidad, entre el Club Social Sta. Teresita y Club Social y Cultural Las Toninas, mandando a reiniciar el partido sin público local y/o visitante. Dejando a criterio del Consejo Directivo su reprogramación. Lo que se hace extensible al presente. Por los argumentos expuestos no resulta aplicable el 2º  párrafo del art. 88 bis. *?        Los gastos que demanden dicho encuentro serán soportados por El Club Juventud Unida de S.B * Art 88 bis: «Si como consecuencia de la utilización de tales elementos se ocasionare lesiones graves en el cuerpo o la salud a cualquier persona, se procederá, sin perjuicio de la sanción de multa establecida en el apartado anterior, a la deducción de tres a seis puntos».

FUENTE: WWW.ELEQUIPODETODOS.COM.AR