Aprobaron Ley de Paritarias Municipales

Finalmente se aprobó, en la Cámara de Diputados, el proyecto de ley de Paritarias Municipales, pues, tras alcanzar acuerdos en lo concerniente a las modificaciones, los bloques del Frente para la Victoria y la alianza FaUnen decidieron apoyarlo.

Votaron en contra el Frente Renovador y el diputado Christian Castillo, del Partido de los Trabajadores Socialistas, quien argumentó que las paritarias, a su juicio, deben ser a nivel provincial y no municipal.

Se creará, asimismo, el Consejo Consultivo y asesor del empleo municipal de carácter no vinculante, que se reunirá obligatoriamente dos veces al año; la primera durante el primer trimestre de cada año y será aplicable a todas las municipalidades y sus empleados.

A lo largo de un debate se expresaron los diputados Hernán Doval, Viviana Nocito y Fernando `Chino´ Navarro, del Frente para la Victoria; Jorge Silvestre, de la Unión Cívica Radical; Rubén Grenada, del Frente Amplio Progresista; Rita Liempe, de Unidad Popular; Héctor Martínez, de Lealtad Peronista; Christian Castillo, del Frente de Izquierda y los Trabajadores; y Guillermo Britos, de Unión Celeste y Blanco.

En este sentido, Hernán Doval, diputado del FpV y autor del proyecto, marcó: «Esta ley restituye y amplía derechos y otorga por primera vez en la historia paritarias para los empleados municipales». Además, el legislador criticó la legislación anterior, que es derogada con la nueva normativa, y disparó implícitamente contra el massismo que no acompañó la ley.

Las gradas de la cámara baja estuvieron ocupadas por gran cantidad de trabajadores municipales que insultaron al líder de la Federación de Sindicatos Municipales de la Provincia de Buenos Aires (FSMPBA), Oscar Ruggiero, cuando éste tomó la palabra, por considerar que su sindicato no había militado la norma. Por su parte, Rubén «Cholo» García, secretario general de la Federación de Sindicatos Municipales Bonaerense (FeSiMuBo) se mostró muy emocionado tras la aprobación.

El proyecto divide la ley en tres ejes centrales: los dos primeros constituyen el marco regulatorio del Estatuto del Empleado Municipal, y en el tercero aparecen los artículos supletorios, que establecen el régimen laboral en tanto y en cuanto la comuna carezca de la ordenanza pertinente. Al final del segundo capítulo, un artículo establece la derogación de la ley 11.757, es decir, el estatuto vigente

Fuente: La Tecla