Extendieron por 2 años el vencimiento de las licencias de conducir

conducir registro auto

En el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia de Coronavirus, el Gobierno de la provincia de Buenos Aires volvió a extender el vencimiento de las licencias de conducir.

A través de la disposición 54 publicada hoy en el Boletín Oficial del distrito, se dispuso la prórroga por el término de 24 meses (dos años) en aquellos carnets con caducidad entre el 15 de febrero y el 31 de diciembre de 2020 inclusive, a partir de la fecha de vencimiento correspondiente.
A su vez, para aquellas que operen entre el 1º de enero y 31 de diciembre de 2021, se extendió por 18 meses (1 año y medio). En este caso, el aplazamiento de la caducidad también deberá contarse a partir de la fecha original de expiración.

Asimismo, se facultó a los centros de emisión de licencias de conducir a organizar su atención al público presencial, determinando nuevos horarios para la realización de trámites. Esto, siempre y cuando se respeten las recomendaciones para «morigerar la presencia masiva de personas dentro de sus sedes» en el contexto de emergencia sanitaria.

Cómo tramitar licencias de conducir en la provincia de Buenos Aires

En el territorio bonaerense, el otorgamiento de las licencias de conducir está delegado en los municipios. Por lo tanto el trámite se realiza en alguno de los Centros Emisores de Licencias (CEL) correspondiente al domicilio declarado en el DNI vigente.

En los CEL habilitados pueden realizarse cualquiera de los siguientes trámites:

· RENOVACIÓN: puede realizarse con licencia vigente o vencida hace menos de tres meses (90 días corridos).

· ORIGINAL: es el trámite para obtener la licencia por primera vez o si el vencimiento superó los tres meses (90 días corridos).

· REEMPLAZO: es el trámite por medio del cual se reemplaza la licencia ante una modificación en los datos del conductor (cambio de domicilio, cambio de nombre y apellido, etc.). Si el cambio ha sido de jurisdicción, se debe solicitar el reemplazo ante la nueva autoridad jurisdiccional, la cual debe otorgarse, previo nuevo informe de antecedentes, contra entrega de la anterior y por el período que le resta de vigencia. La licencia caduca a los noventa (90) días de producido el cambio no denunciado.

· AMPLIACIÓN: corresponde al trámite para ampliar las clases de licencias (tipo de vehículos a conducir) para las cuales el conductor se encuentra habilitado.

· DUPLICADO: es el trámite que se realiza ante un extravío, robo o deterioro de la licencia vigente.